Un jurado popular ha considerado por unanimidad a Manuel Benítez, conocido como Marchena, culpable del delito de asesinato de Francisco Rodríguez, conocido Camarón, tras una larga deliberación, de más ocho hora, por los hechos ocurridos el 25 de agosto de 2017 en la barriada algecireña de El Saladillo.
El declarado culpable por unanimidad(9-0) se enfrenta ahora a entre 10 y 20 años de prisión, decisión que será tomada y comunicada en los próximos días por la jueza de la sección séptima de la Audiencia Provincial.
El tribunal del jurado ha considerado culpable al acusado principal por asesinato al entender, como solicitaba el Ministerio Fiscal y la acusación particular, "que la posibilidad de defensa del agredido estaba de todo punto anulada ya que se encontraba tirado en el suelo como consecuencia de la previa agresión con la barra de hierro que le infringió J. C. B. S. quien, además, le seguía hostigando aunque sin ánimo de arrebatarle la vida". "De esa incapacidad de defenderse se prevalió M. B. para apuñalarlo con el claro conocimiento y aceptación de que la muerte de Francisco era muy probable mediante este proceder", continúa el escrito presentado por el jurado popular. Francisco murió sobre las 14.00 horas de ese día, pocos minutos después y consecuencia de las puñaladas.
También ha considerado probado por unanimidad que falleció, tal y como dictamina el informe forense tras realizarse la autopsia, sobre todo por una puñalada que fue mortal de necesidad al seccionarle la aorta.
Finalmente, ha considerado, también de manera unánime, como atenuante la de confesión, ya que el acusado, antes de procederse a su detención, confesó "de forma voluntaria a la policía de que había sido él y que lo había hecho con el cuchillo que se había encontrado".
Otra decisión fue desestimar la suspensión de la pena y la oposición a que se proponga el indulto total o parcial de la pena que tendrá que ser dictaminada. Por unanimidad ha desestimado la suspensión de la pena y se opone a que se proponga el indulto total o parcial de la pena que se ha puesto.
Ante estos hechos, la Fiscalía y la defensa particular solicita aplicar 20 años de prisión y una orden de alejamiento para la familia del fallecido de 300 metros durante un periodo de 10 años. A esto hay que sumar una responsabilidad civil de una indemnización de 130.000 euros a la hija del fallecido, 65.000 euros a sus padres y 15.000 euros a cada uno de sus dos hermanos.
Por su parte, la defensa de Manuel, al considerarse probada la confesión como único atenuante, pide que la pena sea inferior en grado a la establecida en el Código Penal (entre 15 y 20 años) y sea de diez años. También que en caso de no aprobar la jueza esta rebaja de grado, la pena que sea de 15años. El abogado defensor calificó, por otro lado, "muy elevada la responsabilidad civil" y como "prácticamente imposible el cumplimiento de diez años de alejamiento en 300" desde el fin del cumplimiento de la pena teniendo en cuenta que las dos partes viven en una ciudad como Algeciras.
En cuanto al otro enjuiciado, J. C. B. S. -padre de Manuel- ha sido declarado culpable de un delito de lesiones leves, para lo que la Fiscalía y la acusación particular solicitan una multa de nueve euros diarios durante tres meses, mientras que la defensa solicita una multa diaria de tres euros durante un mes.
Esta ha sido la decisión del jurado popular, que ha estado casi nueve horas deliberando tras cuatro días de juicio en la sede de Algeciras de la Audiencia Provincial.