El tribunal de lo contencioso estudia el plus de 500 euros por no faltar al trabajo en el Ayuntamiento

07 de Noviembre de 2019
PLENO ORDINARIO
PLENO ORDINARIO
CGT presentó en su día una demanda contra este acuerdo plenario que "se sustenta básicamente en el grave hecho de penalizar a quienes por enfermedad o a quienes hacen uso de derechos laborales y permisos contemplados en convenio o normas estatutarias", explica el sindicato en un comunicado.
Las partes contrarias que defienden el acuerdo y que se han personado son el Ayuntamiento de Algeciras y los sindicatos CCOO, UGT y el de la Policía Local. "Todas ellas intentan deslegitimar a CGT para presentar la demanda, porque, a pesar de tener sección sindical y afiliación, según ellos no puede invocar el interés general de la ciudadanía de Algeciras que tendrá que pagar una cantidad superior a 600.000 euros por asistir al puesto de trabajo. Este tema se verá en la sentencia y todas ellas han pedido la expresa condena a costas a CGT", apunta el sindicato.
CGT invocó a través de su letrado "el derecho de todas las personas trabajadoras a no ser discriminadas en la retribución de un falso complemento de productividad, ya que no pude por su propia naturaleza ser general y sostenido en el tiempo. Por otro lado, llamó la atención como el letrado del Ayuntamiento argumentaba el derecho a recibir los 500 euros anuales para aquellos que "pudiendo no ir a trabajar van". ¿Qué trabajador pudiendo no ir a trabajar va?". CGT defiende que "cuando una persona está enferma no puede ser discriminada negativamente como absentista, porque realmente no puede ir a trabajar. Si alguien duda de la veracidad de los partes de baja que investigue y aclare el fraude, pero no criminalice a las personas trabajadoras que enferman".
"Estamos seguros que el debate está servido y que ha sido muy positiva la defensa que el letrado de CGT ha realizado durante la vista. Solo queda desear a la jueza salud y acierto", concluye el sindicato.]]>