El TSJA confirma una condena de más de nueve años de prisión por agresión sexual a una menor en Algeciras

El tribunal desestima el recurso presentado por la defensa y ratifica la sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz por un delito continuado cometido sobre la prima del acusado.

Europa Press
01 de Junio de 2026
El TSJA confirma una condena de más de nueve años de prisión por agresión sexual a una menor en Algeciras
El TSJA confirma una condena de más de nueve años de prisión por agresión sexual a una menor en Algeciras

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena de nueve años y tres meses de prisión impuesta por la Audiencia Provincial de Cádiz a un hombre declarado culpable de un delito continuado de agresión sexual cometido sobre su prima cuando esta era menor de edad.

Según recoge la resolución judicial, los hechos tuvieron lugar entre mayo de 2011 y marzo de 2012 en una vivienda de Algeciras donde el acusado convivía con sus tíos, padres de la víctima. Durante ese periodo se produjeron distintos episodios de agresión sexual cuando la menor tenía entre ocho y nueve años.

Tras la condena dictada por la Audiencia Provincial, la defensa presentó un recurso de apelación ante el TSJA alegando una vulneración del derecho a la presunción de inocencia y cuestionando la suficiencia de las pruebas practicadas durante el proceso.

Sin embargo, el alto tribunal andaluz ha rechazado estos argumentos y ha respaldado la valoración realizada por la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Cádiz. En su resolución, el TSJA destaca que los magistrados consideraron el testimonio de la víctima como creíble, verosímil y persistente, además de estar respaldado por otros elementos probatorios.

Entre ellos figuran las declaraciones de la madre de la joven y diversos informes periciales psicológicos elaborados por profesionales adscritos al Instituto de Medicina Legal de Cádiz, que reforzaron la credibilidad del relato de la víctima.

La sentencia también señala que la Audiencia analizó de forma detallada la declaración de la denunciante y concluyó que reunía los criterios establecidos por la jurisprudencia para valorar la fiabilidad del testimonio de una víctima. Asimismo, los magistrados descartaron la existencia de motivaciones espurias o de cualquier beneficio personal, económico o familiar que pudiera justificar una acusación falsa.

El TSJA considera que no existen razones para cuestionar las conclusiones alcanzadas por la Audiencia Provincial y, por tanto, ha ratificado íntegramente la condena impuesta al acusado.