La Agencia Tributaria activa el formulario para solicitar ayudas por daños de temporales en Andalucía y Extremadura

Las ayudas, que podrán solicitarse hasta el próximo 30 de junio de 2026, serán de 5.000 euros para empresarios y profesionales personas físicas y de entre 10.000 y 150.000 euros para empresas, según su facturación

17 de Marzo de 2026
Imagen de archivo. JImena sufre desprendimientos por las borrascas. La Agencia Tributaria activa el formulario para solicitar ayudas por daños de temporales en Andalucía y Extremadura
Imagen de archivo. JImena sufre desprendimientos por las borrascas. La Agencia Tributaria activa el formulario para solicitar ayudas por daños de temporales en Andalucía y Extremadura

La Agencia Tributaria ha habilitado ya en su Sede Electrónica el formulario para solicitar las ayudas directas destinadas a profesionales y empresas afectados por los temporales registrados a comienzos de año, con especial incidencia en Andalucía y Extremadura.

Estas ayudas, recogidas en el Real Decreto-ley 5/2026, podrán solicitarse desde hoy, 17 de marzo, y hasta el próximo 30 de junio de 2026, a través de un procedimiento diseñado para ser ágil y accesible.

Las ayudas serán de 5.000 euros para empresarios y profesionales personas físicas y de entre 10.000 y 150.000 euros para empresas, según su facturación, y cuentan además con condiciones especialmente favorables, ya que están exentas de tributación tanto en el IRPF como en el Impuesto sobre Sociedades y son inembargables.

Solicitud sencilla y sin documentación

El proceso de solicitud se ha simplificado al máximo. Los interesados únicamente deberán consignar nombre y apellidos, NIF, una cuenta bancaria de la que sean titulares y un número de teléfono de contacto, sin necesidad de aportar documentación adicional.

Una vez presentada la solicitud, el abono se realizará mediante transferencia bancaria directa en la cuenta indicada. En caso de error o modificación de datos, será necesario anular la solicitud anterior y presentar una nueva.

Para completar el trámite será imprescindible contar con Cl@ve o certificado electrónico, aunque la propia plataforma ofrece acceso directo al registro en el sistema de identificación, así como módulos informativos con preguntas frecuentes.