El pasado viernes 27 de junio, UGT firmó junto a la patronal el nuevo Convenio Colectivo del Metal en la provincia de Cádiz, un acuerdo que ha generado polémica entre sindicatos, pero que desde UGT se defiende como una recuperación de derechos laborales perdidos hace más de una década.
Según UGT, uno de los principales avances del convenio es la recuperación progresiva del Plus Penoso, Tóxico y Peligroso (PPTP), eliminado en el convenio de 2012. En aquel momento se instauró una doble escala salarial que generó desigualdades entre trabajadores. Ahora, gracias a este acuerdo, ese diferencial —actualmente de hasta 200 euros— será eliminado de forma progresiva hasta el año 2030. Los porcentajes de recuperación del PPTP serán: 2025, 30%; 2026, 40%; 2027, 50%; 2028, 65%; 2029, 85%; y 2030, 100%
Desde UGT recuerdan que este avance forma parte de una plataforma conjunta con CCOO, y lamentan que “parece que lo positivo se lo atribuye solo CCOO, mientras que lo que no gusta se señala como propuesta de UGT”. Subrayan que “todo el contenido fue trabajado de forma conjunta”.
El sindicato insiste en que este convenio representa "una mejora real y tangible para la plantilla del metal en Cádiz", y que lejos de suponer una pérdida de derechos, “vuelve a situar a los trabajadores en el camino hacia la igualdad y la dignidad laboral”.
Cuatro claves del nuevo convenio
En una nota de prensa, UGT ha explicado de forma concisa los cuatro puntos principales del nuevo acuerdo:
Mantenimiento del poder adquisitivo. Se garantiza la actualización salarial hasta 2031. Se abonarán los atrasos correspondientes a 2024 y 2025, y cada año se ajustarán los sueldos conforme al IPC.
Eliminación del salario de nueva incorporación. Tras las críticas recibidas en las asambleas, se ha retirado la medida que afectaba negativamente a los nuevos empleados. No formará parte del acuerdo final.
Mejoras en la cobertura por incapacidad temporal (IT). Las dos primeras bajas por enfermedad común estarán bonificadas al 80% desde el primer día. A partir de la tercera baja, se aplicará lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores. En caso de recaída o ingreso hospitalario, no computarán en el límite anual. Para enfermedades graves recogidas en el Real Decreto 1148/2011 relacionadas con el cuidado de menores, la cobertura será del 100% desde el primer día. En caso de accidente laboral o enfermedad profesional, la cobertura será del 90% desde el primer día.
Regulación de los contratos fijos discontinuos. Se priorizará la antigüedad para futuras llamadas, desaparece la contratación a tiempo parcial en esta modalidad y se establece que un trabajador deberá haber prestado servicio al menos 60 días para mantenerse en la lista de llamamientos.