Ahora que el uso de mascarillas será obligado, te contamos las excepciones

20 de Mayo de 2020
mascarillas
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El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado esta mañana la nueva decisión del Gobierno de ordenar el uso obligatorio de mascarillas "en personas de seis años en adelante en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros", según dice el boletín estatal, que añade que su uso es recomendable para la población infantil de entre tres y cinco años.

Sin embargo, aunque su uso deberá ser generalizado a partir de este jueves, la autoridad sanitaria especifica algunas de las personas que están exentas de esta obligación. Por ejemplo, aquellas que "presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por la utilización de la mascarilla y a aquellas cuyo uso se encuentre contraindicado por motivos de salud o discapacidad", según puede leerse en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Además, el Gobierno explica que "su uso no será exigible en el desarrollo de actividades que resulten incompatibles, tales como la ingesta de alimentos y bebidas, así como en circunstancias en las que exista una causa de fuerza mayor o situación de necesidad".

La orden ministerial señala que se entenderá cumplida la obligación con el uso de cualquier tipo de mascarilla, aunque señala como preferente el uso de las higiénicas y quirúrgicas, que cubran nariz y boca.