El Ayuntamiento de La Línea de la Concepción ha publicado un Bando municipal en el que establece las normas de obligado cumplimiento para la celebración de las tradicionales zambombas navideñas en 2025. Según la nueva regulación, estas actividades podrán desarrollarse entre el 1 y el 25 de diciembre, ambos inclusive.
El horario límite general fijado para su celebración será hasta las 00:00 horas. La única excepción corresponde a los establecimientos de ocio y esparcimiento, como discotecas y salas de fiesta, que podrán prolongar estas actividades hasta su hora de cierre habitual.
Las zambombas de carácter estrictamente privado o familiar no requerirán autorización extraordinaria, siempre que cumplan con las medidas de seguridad y mantengan los niveles de ruido dentro de los parámetros de convivencia vecinal. También quedan exentos los establecimientos públicos con licencias específicas (salas de fiestas, salones de celebraciones o locales de hostelería con música), siempre que no alteren las condiciones de su licencia. En estos casos, deberán comunicar su celebración con 15 días naturales de antelación.
Por otro lado, será necesaria una autorización municipal previa, tramitada como actividad extraordinaria, para tres tipos de celebraciones:
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Zambombas “profesionales” en establecimientos de hostelería sin música o locales autorizados para otras actividades, cuando incluyan actuaciones flamencas o de villancicos con artistas contratados que conviertan al público en espectador.
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Zambombas con ánimo lucrativo en locales sin licencia de actividad, ya sea mediante cobro de entradas o venta de comida y bebida, incluso si los beneficios tienen fines sociales o religiosos.
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Zambombas organizadas por asociaciones o colectivos en plazas, calles u otros espacios públicos cuando no exista colaboración municipal.
Las personas o entidades que necesiten solicitar esta autorización deberán presentar su petición, junto a la documentación correspondiente, a través del Registro Electrónico del Ayuntamiento con una antelación mínima de 15 días naturales, tanto si el evento se celebra en interiores como en la vía pública.
