Más de dos años de cárcel para un acusado de exhibicionismo y amenazas a un menor de 13 años

El acusado contactó con el menor a través de un perfil de Instagram y tras ganarse su confianza consiguió que le facilitara su número de teléfono, manteniendo con el menor "una relación de novietes" en la que mantenían numerosas conversaciones de contenido sexual

Europa Press
06 de Noviembre de 2025
Más de dos años de cárcel para un acusado de exhibicionismo y amenazas a un menor de 13 años. Foto: Un niño usa el teléfono móvil y una tablet, foto de recurso - Eduardo Parra - Europa Press - Archivo.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la condena de dos años y tres meses de cárcel dictada por la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Cádiz a un hombre acusado de los delitos de exhibicionismo y amenazas a un menor de 13 años con el que entabló una relación a través de Instagram.

Según la sentencia, recogida por Europa Press, los hechos ocurrieron entre febrero y junio de 2020, cuando el acusado, a través de un perfil de Instagram, contactó con el menor, de 13 años de edad en la fecha de los hechos, y tras ganarse su confianza consiguió que le facilitara su número de teléfono móvil, manteniendo con el menor "una relación de novietes" en la que mantenían numerosas conversaciones de contenido sexual.

En este sentido, los hechos probados de la sentencia recogen que, "a pesar de que la víctima le había manifestado que era menor de edad le solicitó que le enviara fotografías desnudo, a lo que el menor de edad accedió y ambos se intercambiaron fotografías, además de realizar videollamadas". Pasado unos cuatro meses aproximadamente de relación, el menor decidió poner fin a la misma y "el acusado, con ánimo de amedrentarlo le manifestó que o volvía con él o publicaba las fotografías de contenido sexual que le había mandado", por lo que la víctima bloqueó el número de teléfono móvil desde el que mantuvo las conversaciones con el acusado.

Posteriormente, una vez finalizado el contacto entre ambos, la víctima menor de edad desbloqueó el número de teléfono móvil desde el que el acusado había contactado con él y nuevamente comenzaron a mantener conversaciones en las que el acusado, "aprovechando la relación de confianza que se había generado entre los dos, volvió a pedirle a la víctima menor de edad que le enviase fotografías íntimas suyas", a lo que el menor se negó.

Fue entonces cuando volvió a amenazarlo manifestándole que "o volvía a mantener una relación con él o lo denunciaba ante la policía, llegándole a mostrar fotografías de actuaciones judiciales que no guardaban relación alguna con la víctima menor de edad".

Por ello, el acusado fue condenado por la Audiencia Provincial de Cádiz a seis meses de prisión por un delito de exhibicionismo y un año y nueve meses por un delito de amenazas. No obstante, fue absuelto por un delito de elaboración de material pornográfico infantil.

La sentencia fue recurrida por la Fiscalía, al ver una "incongruencia" que el acusado sea condenado por un delito de exhibicionismo como consecuencia del intercambio de fotografías mostrando los genitales, pero no emita condena por un posible delito de pornografía infantil.

Por su parte, la defensa recurrió alegando error en la valoración de la prueba al considerar que resultaba acreditado que la fotografía perteneciese al acusado o que fuese remitida por él mismo, mientras que para el delito de amenazas alega que se estime la circunstancia atenuante circunscrita al ligero retraso mental que padece el acusado, que fue "definitivo en el momento en el que intento retomar su relación personal con la víctima, al no ser consciente de la gravedad de sus actos".

Por su parte, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha desestimado los recursos tanto del Ministerio Fiscal como de la defensa del acusado y ratificado la sentencia dictada por la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Cádiz.