San Roque emite un decreto con normas para prevenir incendios en el municipio

La Alcaldía establece normas tanto para particulares como para comunidades de propietarios con el objetivo de evitar riesgos innecesarios

25 de Junio de 2026
Ayuntamiento de San Roque. Imagen de archivo.

La Alcaldía del Ayuntamiento de San Roque ha emitido un decreto en el que se dictan normas para prevenir incendios en el municipio, tanto por parte de particulares como por comunidades de propietarios.

En una nota, ha explicado que dado que el municipio ha sido seleccionado de manera prioritaria como altamente vulnerable frente a incendios forestales, se recogen en un Decreto una serie de normas básicas que, de acuerdo con la legislación vigente, ayuden a prevenir riesgos innecesarios.

En primer lugar, los propietarios y titulares de derecho de parcelas y solares tienen la obligación de mantener sus propiedades en debidas condiciones de seguridad, salubridad y ornato público, incluida la limpieza de vegetación espontánea, herbáceas y matorral.

Por su parte, las urbanizaciones, zonas de acampada e instalaciones o actividades situadas en terrenos forestales, zonas de interfaz urbano-forestal, tienen la obligación de contar con un Plan de Autoprotección, que se presentarán en el Ayuntamiento para su aprobación.

Además, con objeto de proteger a los vecinos, el decreto señala que es necesario que los núcleos de población, edificaciones, instalaciones de carácter industrial y las urbanizaciones, cuenten con una franja de seguridad, de una anchura mínima de 15 metros, libre de residuos, matorral y vegetación herbácea, pudiéndose mantener las formaciones arbóreas y arbustivas en la densidad que en su caso se determine en el correspondiente Plan de Autoprotección.

Asimismo, el decreto recuerda que desde el 1 de junio al 15 de octubre, está totalmente prohibido del uso del fuego y en particular para la quema de vegetación natural; quema de residuos agrícolas y forestales; encender fuego para la preparación de alimentos o cualquier otra finalidad, incluidas las áreas de descanso de la red de carreteras, y las zonas recreativas y de acampada, aun estando habilitadas para ello.

Igualmente, indica que es necesario también que los vecinos tengan presente que durante todas las épocas del año no está permitido arrojar o abandonar cerillas, colillas, cigarros y objetos en combustión; arrojar o abandonar sobre el terreno, papeles, plásticos, vidrios o cualquier tipo de residuo o basura y, en general, material combustible o susceptible de originar un incendio, además de que las actividades relacionadas con el lanzamiento de cohetes, globos o artefactos de cualquier clase que contengan fuego o puedan provocarlo requerirán autorización expresa del Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía.