La polémica en torno a los Cines Yelmo de Algeciras da un nuevo paso con consecuencias económicas. La Delegación Territorial de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía en Cádiz ha impuesto una multa de 45.000 euros a la empresa por prohibir la entrada con comida y bebida del exterior, una práctica que ha sido calificada como "infracción grave" de la normativa de consumo.
Una situación de la que 8Directo ya se hizo eco el pasado 7 de abril, cuando un usuario denunció públicamente que se le había impedido el acceso a las salas por portar un menú adquirido en otro establecimiento del Centro Comercial Puerta Europa. El afectado, que incluso solicitó hoja de reclamaciones, argumentó entonces que esta restricción constituía una cláusula abusiva, en línea con lo defendido por FACUA.
Ahora, la resolución de la Junta viene a respaldar esas denuncias. Según el expediente, la administración autonómica considera probado que Yelmo aplicaba de forma "sistemática" una política ilícita y abusiva, afectando a un número "notorio" de consumidores en Andalucía.
La sanción llega tras una cadena de actuaciones iniciadas a raíz de las denuncias de FACUA, qutengoe ya había alertado de esta práctica en múltiples ocasiones. De hecho, no es la primera vez que la compañía es multada: anteriormente recibió sanciones de 12.000 euros en Sevilla, 30.000 euros en Euskadi y 25.000 euros en Almería.
Pese a ello, la organización de consumidores advierte de que la "reducida cuantía" de las multas está permitiendo que la empresa continúe incurriendo en estas prácticas. FACUA critica además que la sanción no incluya medidas como el cese de la actividad ni el comiso del beneficio obtenido, lo que, a su juicio, resta eficacia disuasoria.
El origen del caso en Algeciras se remonta a una campaña de inspección en diciembre de 2022, reforzada posteriormente con varias denuncias, entre ellas una presentada en nombre de una usuaria.
Con esta resolución, se refuerza el criterio ya establecido por distintas administraciones: la actividad principal de los cines es la exhibición cinematográfica, por lo que no pueden limitar el acceso de los usuarios en función de si consumen o no productos de su propio establecimiento.
La sanción confirma así lo que ya venían denunciando usuarios y organizaciones: que la prohibición de acceder con comida del exterior no solo genera conflicto, sino que puede suponer una vulneración de los derechos de los consumidores.
