Acerinox Europa presenta una nueva propuesta global para la desconvocatoria de huelga

En la jornada de ayer, 18 de abril, los mediadores del CARL expusieron tres propuestas a las partes para continuar con la negociación y hoy viernes el comité estudiará estas opciones antes de tomar una decisión

19 de Abril de 2024
Acerinox.
Acerinox.

Las dos ultimas reuniones mantenidas por Acerinox Europa y el comité de huelga en  la sede del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales (CARL) de Jerez de la Frontera han permitido vislumbrar algo de claridad en el conflicto de la planta de Palmones, que suma 74 días de huelga. Ambas partes han intercambiado propuestas y contrapropuestas. En la jornada de ayer, 18 de abril, los mediadores del CARL expusieron tres propuestas a las partes para continuar con la negociación y hoy, viernes, el comité estudiará estas opciones antes de tomar una decisión. 

Acerinox Europa ha presentado una propuesta para el convenio colectivo con modificaciones al primer texto que fue rechazado por el comité, entendiendo así la compañía que "acerca sus posiciones a la propuesta de los trabajadores". Para ello introduce: incremento salarial basado en las previsiones de IPC para los próximos años, sistema de garantías de retribuciones para los supuestos en que el IPC supere las cuantías fijas pactadas, prima de producción con nuevos coeficientes que permitirían haber obtenido unas mejoras del importe de entre 600 y 700 euros, y ha elevado el mínimo de prima; y un régimen de disponibilidad y adaptación de jornada en evitación de ERTE basado en principios de voluntariedad y con la finalidad que, en los momentos de crisis, el empleo siga siendo sostenible. 

El comité de huelga, según un comunicado de la empresa, "ha presentado una propuesta que no favorece la viabilidad de la compañía manteniendo el mismo incremento de costes que su propuesta anterior, y planteada en términos similares a la que presentó en marzo de 2023". Además, el comité ha vinculado la negociación a que se retiren la demanda interpuesta por huelga ilegal y que se paguen cuarenta días de salario del tiempo en que se ha estado en huelga. El comité ha preferido no facilitar en detalle sus últimas propuestas aunque en un primer momento sus pretensiones recogía una seria de subidas y la negativa a negociar la flexibilidad.

Acerinox Europa, por su parte, insiste en que no va a abonar los salarios del periodo de huelga y ha manifestado que "negocia un convenio en el interés de toda la plantilla de trabajadores y que no comparte vincular al proceso de negociación los procedimientos legales suspendidos de común acuerdo, y que tiene que primar el interés general de la plantilla".

La propuesta de la empresa de convenio colectivo y desconvocatoria de huelga contiene los siguientes puntos fundamentales:

1. Duración del Convenio con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2027. 
2. Revisión Salarial (consolidable en tablas)

2023: Incremento y pago inmediato de una paga de atrasos correspondiente a la revisión salarial del año 2023 del 2,75%
2024: 2,25% de subida salarial.
2025, 2026 y 2027: 2% de subida salarial en cada uno de los años, lo que supone una mejora de la propuesta anterior.

Durante todos los años de vigencia del convenio se ofrecen incrementos salariales adicionales, no consolidables en tablas, de 0,5% por cada 35 millones de beneficio neto de nuestra Unidad de Negocio hasta un máximo adicional del 2%.

3. Garantía de Revisión Salarial referenciada al IPC.

Se incluye un mecanismo para garantizar hasta un 0,5% adicional consolidable en caso de desviación respecto al IPC y siempre que la Unidad de Negocio tenga beneficios.

Se compensará la diferencia hasta el 1% respecto al IPC con una paga no consolidable siempre que la Unidad de Negocio tenga beneficios.

Se compensarán diferencias superiores al 1% respecto al IPC con una paga no consolidable equivalente al 50% de estas diferencias siempre que la Unidad de Negocio tenga beneficios.

4. Paga de Beneficios. La empresa se compromete a mantener el artículo 44 con la misma redacción que en el Convenio anterior. Es decir, abono de la paga de beneficios para los años 2023, 2024, 2025, 2026 y 2027. Por tanto, se abonará a la firma del acuerdo del IV Convenio Colectivo la paga de beneficios correspondiente al año 2023.

5.Calendario de vacaciones:

Se ofrece, a elección del trabajador, la regularización de los días de vacaciones del año 2023 descontados por afectación en el ERTE, bien mediante su disfrute o mediante su abono.

Durante el resto de las anualidades de la vigencia del Convenio se acuerda el cierre de la Fábrica en la primera quincena de agosto y del 24 de diciembre al 1 de enero, ofreciendo a la plantilla ajustar la jornada mediante el disfrute de permiso no retribuido o con la recuperación de la jornada realizando formación.

6. Acordar un régimen de disponibilidad voluntario, respetando la jornada máxima anual de convenio que comenzará a aplicarse en julio de 2024.

Se ofrece el pago de una cantidad fija de 300 euros y otra cantidad adicional por cada llamamiento: Primer y segundo día: 30 euros; tercer y cuarto día: 40 euros; y quinto y sexto: 50 euros.

7. Adaptación voluntaria de la jornada para evitar ser afectado en situaciones de ERTE.

8. Incremento del 20% de los préstamos y reducción del importe en los plazos de devolución desde la firma del IV Convenio Colectivo.

9. Elevar el mínimo de la prima de producción hasta el importe de 425 euros desde la firma del IV Convenio Colectivo. Creación de nuevos coeficientes de accidentabilidad, absentismo y producción de aceros inoxidables de alto valor añadido y aleaciones especiales con una estimación de mejora anual de la prima en torno 600-700 euros para igualdad de producciones embaladas de 2023.

10. Retribución flexible del comedor hasta un máximo de 11 euros.

11. Se podrá disfrutar, a partir de la firma del IV Convenio Colectivo, de un día a la semana de teletrabajo, con un máximo de cinco días al mes, en aquellas posiciones no sujetas a régimen de turnos y en las que organizativamente resulte viable la prestación de servicios en esta modalidad.

12. Plus de Asistencia y de Absentismo.

Para el personal adscrito al Quinto turno, así como para el personal del resto de turnos de trabajo (JP,JC,1T,2T,3T), se abonarán las siguientes cantidades por día efectivo de trabajado al mes:

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Estas cantidades son adicionales a las que se vienen abonando en concepto de plus de asistencia. El abono se efectuará en cómputo mensual, con un escalado en función del uso responsable de los permisos.

Asimismo para el personal, con independencia de su régimen de jornada, que no hagan uso de los permisos de visitas médicas previstos en el artículo 27.8o del Convenio Colectivo, podrán disfrutar en el año siguiente de un descanso compensatorio equivalente a esas 16 horas. Entrando en vigor a partir de la firma del IV Convenio Colectivo.

Al finalizar la reunión, el equipo de mediadores del CARL ha manifestado a las partes que consideran que la negociación ha llegado a un punto de bloqueo técnico negocial, emplazando a las partes a manifestarse sobre las siguientes opciones para poner fin al proceso negociador a la mayor brevedad posible:

1)  Hacer una última propuesta por las partes que incorpore nuevas posiciones para un acuerdo final, si ello fuera posible para las partes negociadoras.

2)  Someterse las partes a un Arbitraje voluntario de obligado cumplimiento.

3)  Solicitar una propuesta de Mediación al CARL para que sea sometida a votación de la plantilla y a la aprobación del Consejo de Administración de ACERINOX EUROPA.

El CARL ha propuesto a las partes pronunciarse al respecto en la tarde de hoy, pero a propuesta del comité de huelga se ha aceptado un plazo de 24 horas para que las partes trasladen al equipo de mediación su decisión.

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